Nuevas medidas como consecuencia del toque de queda que rige para la Comunidad Autónoma de Castilla y León
¡TOQUE DE QUEDA!
Desde el sábado 24 de octubre hasta el 6 de noviembre (incluido), se establece TOQUE DE QUEDA en toda Castilla y León entre las 22:00 y las 06:00, de la mañana.
Se limitará la libertad de movimiento y solo se podrá salir para casos muy concretos y justificados:
Adquisición de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
Retorno al lugar de residencia habitual, tras haber realizado las actividades anteriores.
Se suspenden las visitas a las residencias de mayores.
AFOROS Y HORAS DE CIERRE
Lugares de culto: 1/3 de aforo.
Velatorios: máximo 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados.
Enterramientos: máximo 15 personas.
Establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público: 50% de aforo y cierre a las 22:00 como máximo.
Establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas:
50% de aforo tanto en el interior como en el exterior (terrazas).
Debido al toque de queda, la hora de cierre será las 22:00 (a excepción de servicios de entrega a domicilio).
Academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas:
Podrá desarrollarse presencialmente pero a un 50% de aforo.
Instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior:
En el interior 50% de aforo y en el exterior 60%.
Práctica deportiva en grupos, máximo de 6 personas.
En absolutamente todos los casos habrá que mantener las distancia mínima de 1,5 metros y el uso de mascarillas.
Por otro lado, os recordamos que estas normas siguen vigentes:
Se prohíbe fumar en las terrazas, veladores o similares de los establecimientos.
Se prohíbe consumir de pie o en las barras de los establecimientos de hostelería, restauración y sociedades gastronómicas.
Las reuniones de carácter social se limita a un máximo de 6 personas, tanto en la vía pública, como en espacios públicos y privados.
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