Facebook Twitter Vimeo
 

Bases de Selección y contratación de Monitor para Santa María en Ruta 2021

Funciones a desarrollar. Las tareas a realizar por el Monitor serán:
-Organizar las rutas de senderismo seleccionadas por el Ayuntamiento.
-Guiar y dinamizar a los participantes por el recorrido seleccionado para la realización de la ruta de senderismo.
-Velar por el buen uso del material deportivo utilizado durante la ruta.
-Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

El contrato de trabajo tendrá una duración de octubre a noviembre, según el día de desarrollo de la actividad, por el tiempo de su duración de una jornada laboral. La retribución se establece de acuerdo con la plantilla de personal, que incluye el puesto de monitor/a deportivos, en la categoría de personal laboral asimilado C2, 18.
En función de las necesidades del servicio de las instalaciones deportivas, y a valoración del Técnico de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Santa María del Páramo, se podrá ampliar o reducir el horario, la jornada, y las labores de mantenimiento de uno o más de los monitores deportivos.

Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b)Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c)No padecer enfermedad ni defecto físico o limitación psíquica que impida el normal desarrollo de las funciones propias del cargo.
d)No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios o para ejercer funciones o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleado público.
e)No haber sido condenado por delitos sexuales de acuerdo a la Ley 1/1996, de 15 de enero, de Protección del Menor.
f)Titulación mínima:

  • Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
  • Licenciado en Educación Física.
  • Diplomado en Educación Física.
  • Maestro, especialidad en Educación Física.
  • Técnico en Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el medio natural.
  • Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior en la modalidad de que se trate, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, por el que se configuran como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de técnicos deportivos, se aprueban las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas.
  • Las titulaciones de Monitor de nivel y Coordinador de nivel expedida por el órgano u organismo competente en materia de juventud.

Los requisitos exigidos en las bases deberán poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el periodo de firma y ejecución del contrato.

Plazo y lugar de presentación: Las instancias deberán presentarse en el Registro general del Ayuntamiento de Santa María del Páramo, del 24 al 30 de septiembre 2021

Fecha: 
Lunes, 27 Septiembre, 2021