Facebook Twitter Vimeo
 

El mercado dominical de Santa María del Páramo vuelve el 31 de mayo

27/05/2020

Santa María del Páramo volverá a reabrir el Mercado Dominical el domingo 31 de mayo de 2020 con la instalación únicamente de los puestos de alimentación.

Dicha reapertura se realizará siguiendo las disposiciones generales para la puesta en marcha del mercado aprobadas en Junta de Gobierno Local celebrada con fecha 21 de mayo de 2020.

Para el cumplimiento de la obligación de mantener las distancias de seguridad entre los puestos del mercado, algunos de ellos serán reubicados en otros lugares. Por ello, los puestos que quedarán en su lugar habitual serán los siguientes:

Los puestos del mercado que serán reubicados en otros lugares serán los siguientes:

Corresponderá al Servicio de Vigilancia Municipal la reubicación de estos puestos, controlar que ningún puesto instalado venda productos que no sean de alimentación, así como impedir la instalación de cualquier puesto que no esté incluido en las relaciones anteriores.

Asimismo, corresponderá al Servicio de Vigilancia Municipal velar porque se respeten las condiciones recogidas en las disposiciones generales que a continuación se detallan, controlando y regulando si fuera necesario el acceso al mercado

Se tendrán que tener en cuenta las siguientes disposiciones generales para la puesta en marcha del mercado y aprobadas por la Junta de Gobierno Local:

“De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y del artículo 41 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales (ROF) se propone a la Junta de Gobierno Local una serie de disposiciones generales para la puesta en marcha del mercado dominical de Santa María del Páramo.

La Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, posibilita que los Ayuntamientos, previa comunicación al órgano competente en materia de sanidad de la comunidad autónoma, procedan a la reapertura de los mercados que desarrollan su actividad al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, comúnmente denominados mercadillos, dando preferencia a aquellos de productos alimentarios y de primera necesidad y procurando que sobre los productos comercializados en los mismos se garantice su no manipulación por parte de los consumidores.  

En todo caso, se garantizará una limitación al veinticinco por ciento de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual pudiendo alternativamente procederse al aumento de la superficie habilitada para el ejercicio de esta actividad de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación.

Posteriormente, la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional en la fase II del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, Se garantizará la limitación a un tercio de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros.

 Los Ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o habilitar nuevos días para el ejercicio de esta actividad, de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación. 

A la hora de determinar los comerciantes que pueden ejercer su actividad, el Ayuntamiento podrá priorizar aquellos que comercializan productos alimentarios y de primera necesidad, asegurando que no se manipulen los productos comercializados en los mismos por parte de los consumidores.

En todo caso, se establece que será el Ayuntamiento el que deberá fijar los requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.

  • En este sentido se pretende poner en marcha el mercado de los domingos al 25% del número de puestos registrados, y en este primer momento exclusivamente para productos alimentarios y de primera necesidad. La disposición y el número de puestos en funcionamiento debe permitir, igualmente, el mantenimiento de la distancia de seguridad. Dichos puestos serán los que se aprueben por resolución de la Alcaldía.
  • Se garantizará la vigilancia del espacio donde se celebre el mercado, durante el horario de funcionamiento, para el cumplimiento de las normas de distanciamiento social, así como para evitar aglomeraciones.
  • Se informará claramente a todos los vendedores y a los clientes sobre las medidas organizativas y de higiene, y sobre la necesidad de cooperar en su cumplimiento.
  • Se establecerá cartelería informativa con las medidas de distanciamiento e higiene que tienen que adoptarse, indicando también que, si una persona manifiesta síntomas compatibles con el Covid-19, deberá abandonar de inmediato el lugar y seguir las indicaciones del personal sanitario.

Limpieza

  • Se revisarán los programas de limpieza de todos los espacios para asegurar que el proceso de desinfección de superficies potencialmente contaminadas (todo lo que las personas tocan de forma rutinaria) se realiza de forma adecuada y con la mayor frecuencia posible según los medios disponibles.
  • Dentro de un mismo puesto, las personas vendedoras deberán guardar entre sí una distancia mínima de 2 metros, quedando restringida la actividad comercial a un único operador en caso de que las medidas del puesto no hagan posible esta separación física.
  • Únicamente los vendedores podrán tocar los productos. Lo harán siempre con guantes de protección, así como con mascarilla, y siguiendo las instrucciones y recomendaciones de higiene frente al Covid-19, debiendo disponer de gel hidroalcohólico para desinfección. Evitar la manipulación simultanea de alimentos y dinero u otros medios de pago, fomentando el pago por tarjeta y extremando la limpieza del TPV tras cada uso, especialmente si ha sido manipulado por el cliente.
  • Los puestos de venta deben ser limpiados y desinfectados con frecuencia. Al final de la jornada se limpiará y desinfectará toda la maquinaria, dispositivos y otros elementos del puesto ambulante, teniendo en cuenta las superficies que hayan podido ser tocadas, y siguiendo las instrucciones de limpieza y desinfección dictadas para hacer frente a la pandemia del Covid-19.
  • Mantener el puesto ordenado y con los productos dispuestos de forma higiénica, adecuadamente separados por categorías y dando una imagen de limpieza segura en todo momento.
  • En el caso de devolución de productos, se debe realizar su desinfección o mantenerlos en cuarentena antes de ponerlos nuevamente a la venta. Así mismo, se aconseja proceder a su recogida con guantes desechables.

Medidas de higiene y seguridad adicionales en los vehículos de transporte y venta ambulante

  • Realizar limpieza y desinfección frecuente del vehículo de carga, con especial atención a superficies, volante, pomos etc. Para esta acción puede utilizarse lejía de uso doméstico diluida en agua, o cualquiera de los desinfectantes virucidas existentes en el mercado que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el manejo de estos productos se seguirán las indicaciones del etiquetado de los mismos.
  • Después de cada jornada, se deberá realizar limpieza y desinfección de superficies, máquinas dispensadoras, mostradores, etc., y en general, cualquier superficie que haya podido ser tocada con las manos, siguiendo los protocolos de limpieza establecidos al efecto.
  • Para las tareas de limpieza, hacer uso de guantes de vinilo/acrilonitrilo. En caso de uso de guantes de látex, se recomienda que sea sobre un guante de algodón. 
  • Los agentes de la autoridad velarán porque se respeten estas condiciones, controlando y regulando si fuera necesario el acceso al mercado